Somexfon

De PartidoPirataMexicano

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Introducción

  • SOMEXFON es una sociedad de gestión colectiva que cobra regalías por la música que se toca en establecimientos y negocios, en representación de artistas y disqueras como: (fuente:SOMEXFON) Warner Music Mexico, SONY BMG Mexico, Universal Music Mexico, Multimusic, Universal Music, Balboa records, Emi Music Mexico, Discos Musart.

El sustento legal lo tienen. La ley dice que pueden cobrar regalías pero estas deben ser acordadas' con quien las debe pagar, es decir no pueden ser UNILATERALES.

    • Articulo 131 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor:
  Los productores de fonogramas tienen el derecho a percibir una remuneración por el uso o explotación de 
  sus fonogramas que se hagan con fines de lucro directo o indirecto, por cualquier medio o comunicación pública o puesta a 
  disposición
  Artículo adicionado DOF 23-07-2003
  Ley federal del derecho de autor  **http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122.pdf


  • Las tarifas que SOMEXFON presenta no son "oficiales", son puestas por ellos mismos. Cotizador Somexfon La ley establece que el pago de regalías debe ser convenido entre las partes. Si no hay convenio entre las partes, se debe de acudir al INDAUTOR a iniciar el procedimiento para fijar la tarifa de común acuerdo. Esto es, las tarifas unilaterales de SOMEXFON NO SON OBLIGATORIAS.
    • Articulo 26 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor
   El autor y su causahabiente gozarán del derecho a percibir una regalía por la comunicación o transmisión pública de su obra por cualquier medio. El derecho 
   del autor es irrenunciable. Esta regalía será pagada directamente por quien realice la comunicación o transmisión pública de las obras directamente al autor, 
   o a la sociedad de gestión colectiva que los represente, con sujeción a lo previsto por los Artículos 200 y 202 Fracciones V y VI de la Ley.
   El importe de las regalías deberá convenirse directamente entre el autor, o en su caso, la Sociedad de Gestión Colectiva que corresponda y las personas que 
   realicen la comunicación o transmisión pública de las obras en términos del Artículo 27 Fracciones II y III de esta Ley. A falta de convenio el Instituto deberá 
   establecer una tarifa conforme al   procedimiento previsto en el Artículo 212 de esta Ley.
   Artículo adicionado DOF 23-07-2003
   Ley federal del derecho de autor  **http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122.pdf
    • Artículo 212 de la Ley Federal del Derecho de Autor
   Las tarifas para el pago de regalías serán propuestas por el Instituto a solicitud expresa de las sociedades de gestión colectiva o de los usuarios respectivos.
   El Instituto analizará la solicitud tomando en consideración los usos y costumbres en el ramo de que se trate y las tarifas aplicables en otros países por el 
   mismo concepto. Si el Instituto está en principio de acuerdo con la tarifa cuya expedición se le solicita, procederá a publicarla en calidad de proyecto en el
   Diario Oficial de la Federación y otorgará a los interesados un plazo de 30 días para formular observaciones. Si no hay oposición, el Instituto procederá a 
   proponer la tarifa y a su publicación como definitiva en el Diario Oficial de la Federación.
   Si hay oposición, el Instituto hará un segundo análisis y propondrá la tarifa que a su juicio proceda, a través de su publicación en el Diario Oficial 
   de la Federación.
   Ley federal del derecho de autor  **http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122.pdf

Recomendaciones

  • Las recomendaciones a seguir si se presenta cualquier persona en nombre de cualquier sociedad de gestión como SOMEXFON, SACM, EJE

son:

    • 1) Preguntar a qué sociedad representa y pedir que se identifique.
    • 2) Una vez identificado, corroborar con esa Sociedad (por teléfono) que el envíado pertenece a su institución. Esto para asegurar que

es representante autorizado de una sociedad de gestión interesada en cobrar regalías.

      • Teléfono de Somexfon: 85957401 email: legal@somexfon.com
    • 3) Pedirle que muestre un poder notarial certificado en el que lo autoricen a cobrar a nombre de la sociedad o del artista.
    • 4) Pedirle que muestre el catálogo completo de obras que representa.
    • 5) Informar que se iniciará un procedimiento administrativo para fijar el pago de regalías ante el INDAUTOR
    • 6) Agradecer la visita

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